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La Concejalía de Movilidad defiende la legalidad de la subvención a «Alicante Accesible»

La Concejalía de Movilidad y Accesibilidad del Ayuntamiento de Alicante informa que el procedimiento de concesión de la subvención es legal y está fiscalizada tanto por intervención como por el Ayuntamiento de Alicante, y la dotación presupuestaria aparece determinada expresamente en el estado de gastos del presupuesto, con cargo a la partida 51-134-489.00 «Convenio Alicante Accesible Mapa Itinerarios Peatonales Accesibles”, del presupuesto del año 2016.

Según lo dispuesto en el artículo 22.2.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, podrán concederse de forma directa las subvenciones previstas nominativamente en los Presupuestos Generales del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, en los términos recogidos en los convenios y en la normativa reguladora de estas subvenciones. En el mismo sentido, la concesión directa de subvenciones queda regulada en el artículo 65 del Reglamento de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y en la Base 24ª de Ejecución del Presupuesto Municipal de 2016, estableciendo que pueden concederse de forma directa las subvenciones previstas nominativamente en el presupuesto de la Corporación.

Cumpliendo así mismo el procedimiento estipulado de concesión de las subvenciones y las reglas contenidas en las “Instrucciones de tramitación, formalización y publicación de convenios”, aprobadas por decreto de la Alcaldía-Presidencia de 29 de abril de 2015.

El expediente está fiscalizado por la intervención municipal y consta el informe favorable de la partida que es adecuada, la consignación es suficiente y está disponible, el órgano es competente, constan todos los informes, existen las bases reguladoras de la subvención, amparadas en las normas que habilitan el procedimiento de concesión, se expresan los beneficiarios y la cuantía de la subvención, consta el cumplimiento de los requisitos por los beneficiarios, se exige el cumplimiento de las obligaciones fiscales y con la seguridad social.

El Concejal de Movilidad y Accesibilidad del Ayuntamiento de Alicante, Fernando Marcos, defiende que el expediente es ‘impecable’, lamenta la miserable forma de hacer política del Partido Popular, y se pregunta ¿porque el PP no alegó al presupuesto si no estaban de acuerdo con este convenio?, ¿por qué no alegaron la propuesta de acuerdo de la Junta de Gobierno?, nosotros hacemos política social y eso es lo que no entienden en el PP .

La Junta de gobierno local en sesión celebrada el día 10 de mayo de 2016 aprobó el Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Alicante y la Asociación sin ánimo de lucro Alicante Accesible para el desarrollo del proyecto «Estudio y propuestas de accesibilidad en el medio urbano. Fase I Mapa itinerarios peatonales accesibles».

Dentro del plazo para realizar la justificación económica, la Asociación presentó toda la documentación económica justificativa de la subvención recibida, tras el detenido estudio y examen se procedió a efectuar el oportuno requerimiento en atención a la normativa de aplicación en materia de subvenciones.

Mediante decreto del Concejal de Movilidad, Accesibilidad y Seguridad de fecha 3 de abril del año en curso, se requirió a la Asociación para que en el plazo de diez (10) días a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución, procediera a la subsanación de la justificación documental presentada en relación con el Convenio suscrito. Con fecha 12 de abril de 2017 la Asociación Alicante Accesible presentó escrito en el Registro General de este Ayuntamiento en contestación al requerimiento municipal efectuado.

El edil de Movilidad aseveró que todo es legal y está fiscalizado, y actualmente con la documentación aportada, se ha solicitado el correspondiente informe a la Intervención municipal y a la Asesoría Jurídica municipal, de los que estamos pendientes de contestación.


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