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EL FALLIDO MIRADOR DEL ALTO DE LA CASILLA CONTINÚA GENERANDO COSTES AL AYUNTAMIENTO

La Junta de Gobierno Local ha celebrado la sesión ordinaria de la que ha dado cuenta la Secretaria de este órgano colegiado, Fanny Serrano. La edil ha explicado una nueva sentencia relacionada con el contrato de 2004 de la obra de construcción del Mirador del Alto de la Casilla que da la razón a la empresa adjudicataria en sus demandas y supone un coste económico para el Ayuntamiento sobre una obra que no se finalizó y que costó más de dos millones de euros.

Sobre este punto del orden del día Serrano ha dicho que se ha corregido un error material padecido en el acuerdo adoptado por la JGL en la sesión celebrada el 31 de marzo, que hace referencia a una sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en relación con una reclamación interpuesta por la empresa adjudicataria del contrato de construcción del Mirador Turístico del Alto de la Casilla.

La adjudicación fue en 2004, por más de dos millones de euros, y en 2012 la adjudicataria puso un contencioso administrativo por lo que denominó inactividad del Ayuntamiento, solicitando la resolución del contrato y el pago de 582.429’10 euros por las últimas certificaciones de obra, por intereses e intereses de demora, así como por el beneficio industrial, por cerca de 18.000 euros, además de la cancelación de los avales contemplados en el contrato de adjudicación, más el abono de los gastos de mantenimiento de los avales desde que fueron entregados hasta que fueran devueltos por la administración y la imposición de costas.

Se dictó sentencia que es en la que se ha corregido el error material  sobre el órgano competente para acatar la sentencia. Ésta lo que hace es que como ya había una sentencia previa de noviembre de 2014 del Tribunal Superior de Justicia de la  Comunidad Valenciana en la que como medida cautelar se estimo el pago de 582.429’10, “el Juzgado de lo Contencioso Administrativo se remite a esa sentencia y admite el resto de peticiones de la demandante citadas anteriormente. Lo que ocurre es que la empresa entiende que como la sentencia lo que hace es remitirse a la sentencia de la medida cautelar considera que no es adecuada y se han dirigido al Tribunal Superior de Justicia para que se reconozca de forma explicita, el reconocimiento expreso, la resolución del contrato y los pagos que ya se anticiparon en su momento”.

Entre los asuntos que se han abordado la edil ha anunciado que se ha aprobado la recepción del alumbrado del Plan Parcial Los Hoyos, en la Avenida Emilia Pardo Bazán y perpendiculares, que supondrá incrementar en  el conjunto del coste del mantenimiento anual unos 10.000 euros.

Serrano ha informado de que se ha aprobado la prórroga del contrato suscrito entre el Ayuntamiento y la mercantil Diesel Mediterráneo SL para la contratación de suministro de combustible. Concretamente se trata de la prórroga del lote dos de dicho suministro. El contrato se firmó el 8 de octubre de 2015 y permanecerá en vigor hasta la misma fecha de 2017, pero se ha iniciado ya la tramitación de “una prórroga a la que el Ayuntamiento se muestra favorable”.

En los asuntos urgentes se ha aprobado la propuesta relativa a la cesión del contrato de mantenimiento general y conservación de las zonas verdes de las zonas verdes públicas del término municipal. La empresas que formaban la UTE adjudicataria  han pasado a tener una nueva denominación, en consecuencia se ha cedido el contrato a las actuales (STV. Gestión SL – Jardines de Torrevieja UTE). Se ha devuelto a la empresa anterior la fianza, y la empresa actual ha depositado la fianza, además de dos avales de 15.742’40 euros cada uno, por la ampliación del contrato a veintisiete nuevas zonas verdes del municipio.

Serrano ha explicado que  ha quedado sobre la mesa el punto urgente referido al servicio de representación letrada del Ayuntamiento. Se ha redactado un informe entre los servicios de Intervención, Contratación y Recursos Humanos para interpretar si la empresa siguiente, en el listado de las que se han presentado para la adjudicación de este servicio, efectivamente cumple con los requisitos económicos que establece el texto refundido de la Ley de Contratos Públicos. Los componentes de la JGL no han tenido tiempo material de leer con detenimiento este informe y en consecuencia para que puedan tener conocimiento del mismo y poder adoptar el acuerdo correspondiente.

En los puntos urgentes se ha desestimado una petición de expropiación rogada en el paraje denominado Punta de la Víbora.

Por otra parte la edil ha dado cuenta de la devolución de fianzas depositadas para garantizar expedientes de contratación, de dos solicitudes presentadas por sendos interesados por caídas en la calle. Se ha determinado que no existe nexo causal entre el Ayuntamiento y los daños causados por los que han sido desestimadas.

Como es habitual en la JGL también se han tratado expedientes de disciplina urbanística, en este caso dieciséis, en los que se ha aprobado la imposición de multas coercitivas por la no restauración de la legalidad urbanística conculcada.

 


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