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La concejalía de urbanismo emite informe ambiental y territorial estratégico favorable a la modificación del artículo 95 del Plan General

La concejalía de urbanismo, como órgano ambiental y territorial, emite informe ambiental y territorial estratégico favorable a la modificación del artículo 95 del Plan General – modificación puntual nº 35 – , que regula el uso comercial

Tras la emisión del informe, su comunicación al pleno y su publicación en el DOGV, la modificación puntual se someterá a información pública durante un plazo de 45 días hábiles, previéndose su aprobación definitiva en el pleno del próximo mes de junio

La concejalía de urbanismo del Ayuntamiento de Alicante ha emitido, como órgano ambiental y territorial, el informe ambiental y territorial estratégico de la modificación puntual nº 35 del Plan General, que afecta al artículo 95 de sus normas urbanísticas, que regula las condiciones del uso terciario comercial en la ciudad. «El informe es favorable y considera que la modificación no tiene efectos significativos en el medio ambiente. El propio Ayuntamiento, y concretamente la concejalía de urbanismo, es el órgano ambiental y territorial que debe emitir el informe al contemplarlo así la LOTUP en el caso de los instrumentos de planeamiento urbanístico que afecten única y exclusivamente a la ordenación pormenorizada de suelo urbano, como es el caso», ha señalado el vicealcalde y concejal de urbanismo, Miguel Ángel Pavón.

El informe destaca que la modificación apuesta por una idea de ciudad compacta con complejidad de usos donde la distribución del comercio sea homogénea y se dé cabida a nuevos formatos comerciales. También señala que esa apuesta implica una previsión de menor consumo de suelo al potenciar la situación del comercio en los viales de mayor capacidad que se han asimilado a los viales de la red primaria que exige la normativa autonómica vigente. Y se apunta que la limitación que esta apuesta introduce al crecimiento disperso se pone de manifiesto al considerar que la capacidad de albergar nuevos centros comerciales de tercera categoría ya ha quedado colmatada con los existentes, considerándose que la creación de macromanzanas monofuncionales cerradas al exterior – la tipología más común en este formato comercial – ha impedido la existencia de usos y de locales comerciales y la creación de nuevos ejes comerciales, lo que no ha contribuido a crear una trama comercial equilibrada.

El informe hace referencia a que la apuesta por una redistribución uniforme del comercio en la trama urbana existente favorecería la rehabilitación y/o el mantenimiento de los edificios catalogados, a los que se podría dotar de un uso de modo que evitara su deterioro y, además, supondría la puesta en el mercado de muchos locales vacíos que actualmente suponen un impacto negativo para la imagen urbana. Y, por último, respecto a la incidencia en el medio ambiente de un modelo de ciudad compacta con complejidad de usos, se destaca la disminución de desplazamientos motorizados, tanto de trabajadores del sector comercial como de consumidores, con las consecuencias positivas en el medio ambiente derivadas de la menor emisión de gases de efecto invernadero, de la disminución de la necesidad de redes de infraestructuras y de la reducción del consumo de suelo.

«La concejalía de Urbanismo continúa con la tramitación de una modificación que surge de un acuerdo del consejo local de comercio que ha sido impulsado y promovido por la concejalía de comercio y que cuenta con informes favorables de la Conselleria de Comercio y de las concejalías de Comercio y Movilidad tras las pertinentes consultas realizadas. Tras la emisión del informe, se comunicará al pleno como órgano sustantivo que debe aprobar la modificación puntual y se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV). Una vez cumplidos esos trámites la modificación se someterá a información pública durante el plazo de 45 días hábiles que exige la ley – en la práctica unos dos meses -, por lo que los técnicos de urbanismo prevén que su aprobación definitiva y la resolución de las alegaciones que se presenten podría producirse en el pleno del próximo mes de junio», ha concluido Miguel Ángel Pavón.

 

DESCARGAR.: Decreto informe ambiental y territorial estratégico modificación art 95 PGOU. 17-2-2017

 


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